BASES DE COMPETICION
Aficionados y Juveniles
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NORMATIVA GENERAL SOBRE ASCENSOS Y DESCENSOS. AFICIONADOS
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1.- TERCERA DIVISIÓN: Descenderán a Categoría Preferente, con carácter fijo, los que, al término de la primera fase (Liga regular), ocupen los cuatro (4) últimos puestos de la clasificación; es decir, los que se encuentren en los lugares 17, 18, 19 y 20 de la misma.

2.- Obtenido de la Asamblea General de la FFM, celebrada el día 27 de junio de 2.002, el tradicional Voto de Confianza en favor del Comité Territorial de Fútbol Aficionado, a fin de que dicho órgano redacte y desarrolle las Bases y Normas de Competición por las que se regirán las correspondientes a las categorías Cadete, Infantil y Alevín de Fútbol-11, de la temporada 2.002/2.003; en su momento, y tras la aprobación de aquéllas por la Junta Directiva de la FFM, serán remitidas a todos los equipos implicados.

3.- Igual criterio se seguirá con las categorías de Fútbol Femenino, con las de Alevín/Benjamín de Fútbol-7, y con la de Fútbol-7 Senior

PREFERENTE (dos grupos de 18 equipos)
ASCIENDEN:
A Tercera División Nacional, los dos primeros clasificados de ambos grupos.

DESCIENDEN:
A Primera Categoría, en cualquier caso, los cuatro últimos clasificados de cada uno de los dos grupos competicionales (puestos 15, 16, 17 y 18) y, en su caso, tantos cuantos sean necesarios para proceder, al finalizar la temporada 2.002/2.003, a la regulación competicional pertinente como consecuencia de descensos que pudieran darse en las competiciones nacionales de Segunda División "B" y Tercera División, que, por efectos de territorialidad, pudieran afectarnos competicionalmente.

Torneo de Campeones
Finalizada la competición regular, los campeones de ambos grupos de esta categoría Preferente, disputarán el Torneo de Campeones, que se celebrará, a doble partido, los días 15 y 22 de junio de 2.003. El lunes, día 9 de junio de 2.003, a las 18,30 horas, se realizará en la Sede federativa el sorteo para determinar el orden de campos y establecer, igualmente, los demás criterios competicionales en relación con el desarrollo del Torneo.

PRIMERA CATEGORÍA (cuatro grupos de 18 equipos)
ASCIENDEN
A Categoría Preferente, los dos primeros clasificados de cada uno de los cuatro grupos competicionales.

DESCIENDEN
A Segunda Categoría, los cuatro últimos clasificados de cada uno de los grupos (puestos 15, 16, 17 y 18) y, en su caso, tantos cuantos fueran necesarios para proceder según se contempla en el apartado de descensos de la categoría superior.

SEGUNDA CATEGORÍA (ocho grupos de 18 equipos)
ASCIENDEN
A Primera Categoría, los dos primeros clasificados de cada uno de los ocho grupos que conforman esta categoría.

DESCIENDEN
A Tercera Categoría, los dos últimos clasificados de cada uno de los ocho grupos de la categoría (puestos 17 y 18) mas los cuatro (4) peores terceros de la misma, de acuerdo con sus respectivos coeficientes, resultantes de dividir los puntos totales obtenidos por el número de partidos disputados. Es decir, habrán de descender a categoría inferior un total de veinte (20) equipos. Asimismo, los que hubiere lugar para proceder según se dispone en los apartados de descenso de las categorías superiores.

TERCERA CATEGORÍA (10 grupos)
ASCIENDEN:
A Segunda Categoría, los dos primeros clasificados de cada uno de los grupos que conforman la categoría.

DESCIENDEN
No se producirán descensos de esta categoría al tratarse de la última de las que componen las de Aficionados.

DISPOSICIONES COMUNES SOBRE ASCENSOS Y DESCENSOS. AFICIONADOS
1.- Las previsiones de ascensos y descensos establecidas en cada caso, podrían verse afectadas, como queda dicho con anterioridad, por los movimientos de ascensos y descensos que pudieran darse en las competicionales nacionales de Segunda División "B" (G† 1†), y Tercera División (G† 7†).

2.- En caso de que, por parte de la R.F.E.F., se procediera a cualquier reestructuración competicional en las aludidas Segunda División "B" y Tercera División, que pudiese afectar a nuestras competiciones, el Comité Territorial de Fútbol Aficionado, en nombre de esta FFM, informaría debidamente sobre sus consecuencias a todos nuestros clubes implicados..

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NORMATIVA GENERAL SOBRE ASCENSOS Y DESCENSOS. JUVENILES
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LIGA NACIONAL JUVENIL - Grupo Autonómico de Madrid (XII)
Compuesta por un grupo supernumerario de diecisiete (17) equipos de Madrid - Comunidad, cuya regulación corresponde a la L.N.F.A. (R.F.E.F.) a través de las Bases y Normas de Competición emanadas de dicho órgano federativo, del que depende al tratarse de una competición Nacional, si bien su organización y desarrollo corresponderá, por delegación, a esta Federación de Fútbol de Madrid.

CATEGORIA PREFERENTE (cuatro grupos de 16 equipos)
ASCIENDEN
A Liga Nacional Juvenil (grupo XII) los equipos campeones de cada uno de los cuatro grupos de la categoría, siempre que los mismos tengan derecho al ascenso, por no tener otro equipo del mismo Club, o filial, en tal categoría. En el supuesto de que alguno de los que debieran ascender, no pudiera hacerlo debido a tal circunstancia, el derecho de ascenso correspondería a los inmediatos clasificados, de sus respectivos grupos, que no tuvieran, lógicamente, tal impedimento reglamentario.

DESCIENDEN
A Primera Categoría, los cuatro últimos clasificados de cada uno de los cuatro grupos competicionales; es decir, los situados en los puestos 13, 14, 15 y 16 de cada grupo.

PRIMERA CATEGORÍA (ocho grupos de 16 equipos)
ASCIENDEN
A Categoría Preferente, los dos primeros clasificados de cada uno de los ocho grupos que forman la categoría.

DESCIENDEN
A Segunda Categoría, los tres últimos clasificados de cada uno de los ocho grupos de la categoría (puestos 14, 15 y 16) mas los seis (6) peores cuartos de la misma, de acuerdo con sus respectivos coeficientes, resultantes de dividir los puntos totales obtenidos por el número de partidos disputados. Es decir, habrán de descender a categoría inferior un total de treinta (30) equipos.

SEGUNDA CATEGORIA (quince grupos)
ASCIENDEN
A Primera Categoría, los dos primeros clasificados de cada uno de los quince (15) grupos de la categoría.

DESCIENDEN
No se producirán descensos, al tratarse de la última categoría competicional juvenil.

DISPOSICIONES COMUNES SOBRE ASCENSOS Y DESCENSOS. JUVENILES
1.- Las previsiones de ascensos y descensos establecidas en cada caso, podrían verse afectadas por los movimientos de ascensos y descensos que deberán darse en las competiciones nacionales de División de Honor y Liga Nacional Juvenil.

2.- En caso de que por parte de la R.F.E.F., se procediera a cualquier reestructuración competicional en las aludidas División de Honor y Liga Nacional Juvenil, que pudiese afectar a nuestras competiciones, el Comité Territorial de Fútbol Aficionado, en nombre de esta F.F.M., informaría sobre sus consecuencias a todos nuestros clubes implicados.

3.- Asimismo, en Primera Categoría, no obstante cuanto se regula en el apartado referente a los descensos, tales previsiones podrían verse modificadas si así se determinase por los órganos federativos competentes, debido a que lo requirieran nuestras propias demandas o necesidades competicionales y deportivas.

4.- Si alguna de las fechas de las competiciones juveniles coincidiera con las que, en su momento, establezca la Liga Nacional de Fútbol Aficionado (RFEF) para la celebración de las distintas Fases del "XII Campeonato Nacional de Selecciones Territoriales, Sub-15 y Sub-17", los clubes que, teniendo jugadores convocados para formar parte de nuestras Selecciones representativas, soliciten por escrito el aplazamiento de algún encuentro de competición oficial, habrán de tener en consideración y asumir que la recuperación de aquéllos, se llevará a cabo en las fechas festivas disponibles o, en caso de urgencia o necesidades competicionales, en las fechas laborables que la FFM determine a través del órgano competente.

5.- No obstante cuanto queda regulado en estas Bases de Competición en relación con las distintas categorías juveniles, y, más concretamente, en lo que se refiere a su Estructura Competicional, ésta podría verse modificada de cara a la próxima y sucesivas temporadas si el Comité de Fútbol Aficionado de esta FFM aprobara el "Proyecto de Modificación de la Estructura Competicional relativo a todas y cada una de las diferentes categorías que conforman nuestro actual Fútbol Base y Formativo; es decir, Juvenil, Cadete, Infantil y Alevín de Fútbol-11". La referida Propuesta de Modificación, una vez aprobada por la FFM, será hecha pública para general conocimiento y a los efectos procedentes. Finalmente, la Propuesta definitiva será elevada a la Asamblea General y, en el supuesto de que fuese aprobada, ésta tendría pleno vigor a partir de la temporada 2.003/2.004. En consecuencia, habrá de tenerse en consideración que las clasificaciones que sean obtenidas a la conclusión de la temporada 2.002/2.003 por cada uno de los equipos participantes, serán base fundamental para la posterior actuación y composición de la nueva Estructura Competicional indicada, que sustituirá a la actualmente en vigor.

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